
Nación. La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional declarar inexequible la disposición que hace a los dueños de los vehículos responsables por las fotomultas que se impongan.
Según explicó el Ministerio Público, la norma que regula los sistemas de detención de infracciones de tránsito es inconstitucional ya que viola el derecho al debido proceso, pues en materia de sanciones las autoridades deben identificar al infractor.
Explica el ente de control que no se puede crear una responsabilidad solidaria entre el propietario y el conductor para la cancelación de la fotomulta.
“La previsión de un régimen de responsabilidad solidaria es una forma de hacer exigible la obligación, pero no es el procedimiento para determinar quién es el infractor, pues permite que la administración persiga el pago incluso por un acto ajeno”, expresa la Procuraduría.
Esto hace que los propietarios de los automóviles no deban responder por multas impuestas vía dispositivos electrónicos cuando los autos sean conducidos por una persona distinta.
Propietarios de vehículos no son responsables por fotomultas a sus conductores: @PGN_COL https://t.co/TAG7bYShV6 pic.twitter.com/oY3fHtgV5G
— Procuraduría General (@PGN_COL) 21 de julio de 2018