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¡Castigo para los feminicidas y agresores, no indultos y consideraciones! Las leyes continúan siendo laxas con el victimario, quien logra atenuar su pena con el argumento de que estaba lleno de “ira e intenso dolor”.

Tal situación se refleja en el caso ocurrido en 2011, cuando un hombre que le propinó a su pareja 13 heridas de gravedad y después la golpeó con una piedra en la cabeza hasta causarle la muerte fue condenado a diez años y cinco meses de cárcel, después de justificar que había actuado bajo sentimientos de “ira e intenso dolor” derivados de actos de infidelidad de la mujer.

En el Código Penal el atenuante de “ira e intenso dolor” ha evolucionado en tres etapas: la primera, desde 1873 hasta 1890, en la que el Estado atenuaba la pena cuando un hombre o un familiar de la mujer la mataba por haberla sorprendido con un hombre que no fuera su esposo.

La segunda, en los códigos penales de 1890 y 1936, en los cuales se empieza a utilizar el concepto de “uxoricidio por adulterio”, contemplaba un tipo de pena de muerte para las mujeres que fueran sorprendidas siendo infieles o en “actos deshonestos” contra su esposo.
Quien la hallara cometiendo adulterio podía asesinarla y no era castigado. Sin embargo, si una mujer asesinaba a un hombre por las mismas razones, ella sí debía pagar una condena.

En una tercera etapa, que va desde la expedición del Código Penal de 1980 hasta el de 2000 –aún vigente– aparece el concepto de “ira e intenso dolor”, como atenuante para reducir la condena del victimario solo si cumple los requisitos que dicta la Corte Suprema de Justicia, uno de los cuales es que el sujeto se encuentre en un estado emocional de ira, o en su defecto de intenso dolor; el otro es que cualquiera de los estados emocionales sea causado por un comportamiento ajeno grave e injustificado, y que entre la ofensa y la muerte a la víctima exista un nexo que infiere que el victimario actuó por esos hechos en concreto.

En Colombia los hombres que cometen un feminicidio justifican que su pareja no quiso tener relaciones sexuales, que no cumplió con su rol de ama de casa, que decidió terminar con la relación, o que le fue infiel.

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El Estado debe aplicar leyes por igual a hombres y a mujeres para no perpetuar y seguir naturalizando un sistema patriarcal en el que se confina al sometimiento y criminaliza a las mujeres en el ejercicio de sus libertades. Así mismo debe aplicar políticas públicas para disminuir los casos de discriminación contra el género femenino y no esperar a que el derecho penal lo castigue. Esta es la lucha que emprende la candidata a la Cámara de Representantes por el partido de la U Carolina Flórez, en todas sus disertaciones ha sido enfática sobre el vacío que existe en la aplicación de la norma en los casos de abuso y agresión, tanto como en los de feminicidio, buscar la protección de la mujer y sus derechos es la bandera de su campaña.

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