Sería lo mejor que habría podido haber hecho Gustavo Rugeles, desde el punto de vista mediático y en pro de la reparación a la sociedad que conlleva la ejecución de cualquier conducta criminal. Si se hubiera mostrado arrepentido y se hubiera comprometido a ingresar a un programa de trabajo psicológico contra la violencia machista y misogena, nos hubiera dejado callados a todos, la sociedad y en especial las redes, tendrían que haber reconocido una postura digna, valiente y humana por parte de quien sufre un brote sociopático que tiene que tratarse. Aclaro: Un brote sociopático no conlleva la inconsciencia del autor de la conducta, es decir, en este caso Rugeles es sujeto de derecho penal. Un preacuerdo con la Fiscalía que involucre la indemnización de la víctima lo hubiera dejado en la casa un tiempo recapacitando y tratándose, descubriendo los simbolismos históricos que permearon su psiquis y que lo llevaron este 27 de diciembre a arañar, golpear, arrastrar por el piso a Marcela González Olaya, a quien no era la primera vez que agredía de acuerdo el dictamen pericial forense ya referido.
Lamentablemente Rugeles obró al revés. Hizo lo que la norma y las razones de política criminal implícitas en ella, dicen que no debía hacer. Ubicó a la víctima que había viajado a Cali y la sometió a la realización de un video en la que aparece sumisa y doblegada, hablando del amor que se tienen y apoyando la tesis del agresor que con cinismo le desea un Feliz Año a todos lo que se involucran en su vida privada y de pareja.
La vida de pareja es privada hasta que nos afecta a los demás y sobretodo esa privacidad, amparada y reconocida constitucionalmente, de ninguna forma puede convertirse en velo normativo promotor del encubrimiento y la revictimización de la mujer que viene siendo por tradición cultural, sujeto de abuso y maltrato dentro de una relación edificada de forma perversa, a partir de los esquemas de control y subordinación que son los que precisamente se quieren eliminar o por lo menos mitigar, con la tipificación de este tipo de delitos.
Cuando dentro del marco de esa vida íntima de pareja se cometen delitos, agresiones, maltratos físicos y sicológicos, la intimidad se diluye en pro del bien común. Tras la denuncia, la imputación del delito y el dictamen de medicina legal, esa vida de pareja se vuelve pública porque agrede a la sociedad misma. La sociedad no puede permitir que este tipo de conductas se conviertan en nuevos simbolismos que perpetúen la violencia de genero en contra de la mujer. Mucho menos si se trata de un reconocido periodista y menos aún si la conducta se hizo pública.
Así como la norma disuade el accionar criminal, cuando esta es inoperante, cuando de forma manifiesta y objetiva la opinión publica conoce de un hecho innegable y la respuesta del sistema es la impunidad, la norma misma está operando en contravía sirviendo de promotora y auspiciadora del crimen. De forma inconsciente, la subvención normativa y mediática de estos hechos hace que muchos hombres irracionalmente en sus instantes de furia no se contengan pues han tenido de ejemplo, casos como el de este periodista que hoy está en libertad y ni siquiera se encuentra retenido en su domicilio.
Hay hechos más graves que demuestran a lo que puede llevar un brote sociopático proveniente de aquel machismo ancestral. A Lina Alejandra Molina, Juan Camilo García Tobaisa, después de sufrir un accidente menor de transito con la víctima, después de haberla insultado sin periferias en su condición de mujer tratándola de bruta, se subió a su automóvil, lo prendió, lo aceleró y se lo pasó por encima destrozándole una pierna y el pulmón izquierdo.
Un brote sociopático no hace de una persona un sociópata, pero si no se trata la conducta se vuelve repetitiva y esto sí hace que se degenere en un cuadro clínico severo que puede llegar incluso a gestar criminales en serie, pues sin saberlo estos sociópatas en potencia, empiezan a disfrutar con el estado de indefensión de sus victimas y sobre todo con el sufrimiento de aquellas al ser violentadas, como en el caso de Rosa Elvira Cely, brutalmente asesinada en el 2012 por Javier Velasco, quien ya había sido dejado en libertad por varias agresiones de genero en el pasado.
Precisamente esta realidad fue la que se tuvo en cuenta en la reforma que hizo de la violencia intrafamiliar un delito no desistible. La norma estuvo coja durante muchos años convirtiéndose en un aliciente del crimen en contra de la mujer colombiana. Hace unos años, después de la paliza venían o los besitos amorosos, o las amenazas, o las propuestas económicas hacia la victima, y el agresor tras el desistimiento quedaba en libertad de seguir reventando a su mujer una y otra vez.
Hoy en día, esta actitud de la victima dentro de un proceso, su retracto o su sometimiento a los intereses del imputado, debe ser tenida en cuenta como un indicio de manipulación por parte del criminal, que aprovecha la posición de inferioridad sicológica de la víctima, que en este caso le narró al forense de medicina legal, no sólo la agresión física sufrida ese 27 de diciembre, sino la subordinación sicológica a la que estaba sometida desde hace varios meses por el periodista Rugeles, quien la había agredido en el pasado, la insultaba y le tenía el teléfono y las redes sociales intervenidas.
Con estos antecedentes, ningún juez, ni twitero, ni periodista ni nadie, puede ser tan cándido de creer que esa niña de voz temblorosa que le decía a todos que la paliza que denunció iba a ser curada con amor, gozaba de plena libertad y autonomía cuando le hablaba a la cámara.
ELBLASFEMO
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